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La boleta de venta electrónica, a pesar de ser un documento electrónico, también se rige por el Reglamento de Comprobantes de Pago. Este establece que la boleta de venta o BV debe ser emitida en caso de operaciones con Consumidores finales (personas que compran para uso personal y no para vender) y en las operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS).
No obstante, cuando las operaciones realizadas con los consumidores finales no exceden los S/5.00 soles, no es obligatorio emitir una boleta de venta, a menos que sea exigido por el Usuario. De lo contrario, deberá emitir una BV al final del día, consolidando las operaciones por las cuales no se hubiesen emitido comprobante alguno.
Recuerda que, al emitir una boleta de venta o BV, este será requerido en los supuestos siguientes:
1. Si el consumidor o usuario final lo pide tras la operación.
2. Si el importe total por boleta de venta supera la suma de S/ 700.00 Soles. En este caso, debe colocar los datos de identificación del adquirente o usuario como sus apellidos, nombres y su número de documento de identidad.
3. Si el importe por BV supera los S/ 350.00 soles según el Reintegro Tributario de la Región Selva.
4. Si el importe total de la venta supera los $ 25.00 tratándose de la Venta de Bienes en la Zona Comercial de Tacna.
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